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FAQ sobre Drone
Requisitos para Operar Drones en Zonas Pobladas de Chile
Para operar un dron en zonas pobladas de Chile, se deben cumplir una serie de requisitos establecidos por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), que regula la actividad aérea en el país.
En primer lugar, el dron debe estar inscrito y certificado por la DGAC. El proceso de inscripción requiere información específica sobre el dron, como el país de fabricante, la marca, el modelo, el número de serie, el tipo de motorización, el peso máximo de despegue (limitado a 9 kilos) y detalles del equipamiento (cámara, paracaídas). También se debe demostrar el funcionamiento del paracaídas de emergencia si el dron lo tiene. Finalmente, se debe adjuntar una fotografía a color del dron de tamaño 10x15 centímetros. Una vez completado el registro, la DGAC emite una tarjeta de registro al propietario.
Además del registro del dron, la persona que lo opera debe contar con una Credencial de Piloto a Distancia emitida por la DGAC. Para obtener esta credencial, el aspirante debe ser mayor de edad, presentar una declaración jurada ante notario que certifique haber recibido instrucción teórica y práctica sobre el modelo de dron que volará, y aprobar un examen escrito sobre las normas DAN 151 y DAN 91 (que regulan la operación de drones), meteorología y aerodinámica. La calificación mínima para aprobar el examen es del 75%.
Para operar un dron en zonas pobladas, también se necesita una autorización específica de la DGAC para cada operación. Esta autorización se otorga únicamente si la actividad es de interés público, como por ejemplo, filmaciones para medios de comunicación, actividades de organismos estatales o en situaciones de catástrofe.
El operador del dron también debe cumplir con otras responsabilidades:
- Mantener contacto visual directo con el dron durante todo el vuelo para dirigirlo.
- Contar con un seguro de daños a terceros autorizado por la Junta Aeronáutica Civil (JAC).
Existe una excepción para drones pequeños de hasta 750 gramos, fabricados con materiales flexibles como polietileno expandido, y que se destinan a uso privado o recreacional. Estos drones pueden operar en áreas privadas sin autorización de la DGAC, siempre y cuando no vuelen a más de 50 metros de altura y el operador asuma la responsabilidad por cualquier daño a terceros que cause durante el vuelo.
La información completa sobre la operación de drones y sus requisitos en Chile está disponible en el sitio web de la DGAC: www.dgac.gob.cl.
Drones que Pueden Operar sin Autorización de la DGAC en Chile
De acuerdo con la información proporcionada por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) de Chile, existe un tipo específico de dron que puede operar sin necesidad de obtener una autorización previa.
Se trata de los drones pequeños, con un peso máximo de 750 gramos, fabricados con materiales flexibles como el polietileno expandido, y destinados exclusivamente a uso privado o recreacional. Estos drones, por sus características, se consideran de menor riesgo para la seguridad aérea.
Sin embargo, es importante destacar que la operación de estos drones sin autorización está sujeta a ciertas condiciones:
- Deben operarse únicamente en áreas privadas. Esto significa que no pueden volar sobre zonas públicas como parques, plazas o calles.
- No pueden superar una altura máxima de 50 metros sobre el obstáculo o edificación más alta en la zona de vuelo.
- El operador es responsable de cualquier daño que pueda causar a terceros durante el vuelo. Es decir, en caso de un accidente, el operador deberá asumir las consecuencias legales y económicas.
Es fundamental recordar que, aunque estos drones no requieran autorización de la DGAC para operar en áreas privadas, el operador sigue estando sujeto a las demás regulaciones de seguridad aérea, como mantener contacto visual directo con la aeronave durante el vuelo.
Se recomienda consultar la normativa completa de la DGAC en su sitio web (www.dgac.gob.cl) para obtener información detallada sobre los requisitos y las responsabilidades asociadas a la operación de drones en Chile.
Documentación Necesaria para Operar Drones en Zonas Pobladas de Chile
Para volar un dron en zonas pobladas de Chile, un operador necesita la siguiente documentación:
1. Credencial de Piloto a Distancia:
- Esta credencial es emitida por la DGAC y certifica que el operador está capacitado para volar drones de forma segura.
- Para obtenerla, se debe ser mayor de 18 años, demostrar instrucción teórica y práctica, y aprobar un examen sobre la normativa DAN 151 y DAN 91, meteorología y aerodinámica.
2. Tarjeta de Registro del Dron:
- Esta tarjeta, también emitida por la DGAC, certifica que el dron está registrado y cumple con los requisitos de seguridad.
- Para registrar el dron, se debe proporcionar información detallada sobre el mismo, incluyendo el país de fabricante, marca, modelo, número de serie, tipo de motorización, peso máximo de despegue, equipamiento, y una fotografía a color.
3. Autorización de Operación de la DGAC:
- Para cada operación en zonas pobladas, se debe obtener una autorización específica de la DGAC.
- Esta autorización se concede únicamente si la actividad es de interés público, como filmaciones para medios de comunicación, trabajos para entidades gubernamentales, o en situaciones de emergencia.
4. Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil:
- El operador debe contar con un seguro que cubra los daños a terceros que puedan ocurrir durante la operación del dron.
- Este seguro debe estar autorizado por la Junta Aeronáutica Civil (JAC).
Es importante destacar que la información proporcionada se basa en las fuentes disponibles hasta el 22 de febrero de 2024. Se recomienda consultar la página web de la DGAC (www.dgac.gob.cl) para obtener información actualizada sobre la normativa vigente.
Requisitos para registrar drones en la DGAC
Para registrar un dron en la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) de Chile, se deben cumplir los siguientes requisitos y proporcionar la siguiente información en la solicitud de inscripción:
Información requerida:
- País de fabricante: Indicar el país donde se fabricó el dron.
- Marca / Modelo: Especificar la marca y el modelo del dron para su correcta identificación.
- Número de serie: Proporcionar el código único que identifica al dron individualmente.
- Tipo de motorización: Detallar el tipo de motor que utiliza el dron (eléctrico, de combustión, etc.).
- Peso máximo de despegue: El peso máximo al despegar no debe superar los 9 kilogramos.
- Detalle del equipamiento incorporado: Listar el equipamiento que posee el dron, incluyendo cámara, sensores, paracaídas, etc.
- Demostración del funcionamiento del paracaídas de emergencia: En caso de tenerlo, se debe comprobar que el paracaídas de emergencia funciona correctamente.
- Foto tamaño 10 x 15 centímetros en colores: Adjuntar una fotografía a color del dron con las medidas especificadas.
Proceso de registro:
Una vez entregada la solicitud con la información completa, la DGAC la evalúa. Si todo está en orden, se emite una tarjeta de registro al propietario del dron, certificando que el dron está registrado y cumple con los requisitos de seguridad de la DGAC.
Es importante recordar que el registro del dron es obligatorio para cualquier tipo de dron que se desee operar en Chile, sin importar su tamaño o uso. La información detallada sobre el proceso de registro se puede encontrar en el sitio web de la DGAC (www.dgac.gob.cl), donde también se pueden obtener los formularios y procedimientos necesarios para realizar la inscripción.
Drones que pueden operar en áreas privadas sin autorización de la DGAC
De acuerdo con la información proporcionada por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) en su sitio web, los drones que cumplen con las siguientes características pueden operar en áreas privadas sin la necesidad de obtener una autorización:
- Peso: El dron no debe superar los 750 gramos de peso.
- Material de fabricación: Debe estar fabricado con polietileno expandido o un material equivalente. Este tipo de materiales se caracteriza por ser flexible y ligero, lo que reduce el riesgo de daños en caso de un accidente.
- Uso: El dron debe destinarse al uso privado o recreacional. Esto implica que no se permite su uso para fines comerciales, gubernamentales o de investigación sin la autorización correspondiente.
Es fundamental tener en cuenta que, aunque estos drones no requieren una autorización específica para volar en áreas privadas, su operación sigue estando sujeta a ciertas limitaciones:
- Altura máxima de vuelo: No pueden volar a más de 50 metros de altura sobre el obstáculo o edificación más alta en la zona.
- Responsabilidad del operador: El operador es responsable de cualquier daño a terceros que cause durante el vuelo.
En Chile, está prohibido volar drones en las siguientes zonas:
- A menos de 2 kilómetros de un aeropuerto o aeródromo
- En zonas restringidas publicadas por la DGAC, a menos que se tenga autorización
- En áreas donde se combate un incendio por medio de aeronaves tripuladas
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