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Aerotest

¿Qué establece la DAN 151 sobre las áreas permitidas para operar drones?

¿Qué establece la DAN 151 sobre las áreas permitidas para operar drones?

Explicación

La DAN 151 regula claramente las áreas permitidas y restringidas para operar drones en Chile, priorizando la seguridad aérea y de las personas en tierra.

🔹 Principios básicos:

  • Prohibido volar en zonas cercanas a aeropuertos y aeródromos (normalmente dentro de un radio de 2 a 3 millas náuticas), salvo autorización especial de la DGAC.
  • Restricciones en áreas urbanas y con concentración de personas, donde solo se puede operar con permisos especiales y bajo condiciones de seguridad adicionales.
  • Prohibido sobrevolar instalaciones críticas o sensibles (infraestructura estratégica, instalaciones militares, centrales de energía, etc.) sin autorización.
  • Operación permitida principalmente en zonas rurales, no pobladas y de bajo riesgo, cumpliendo con las alturas máximas y condiciones de visibilidad establecidas.

👉 En resumen: la DAN 151 busca que los drones se operen fuera de áreas de riesgo, y que los vuelos en zonas sensibles solo se hagan con permisos y medidas de seguridad reforzadas.

Pista:

<p><span style="color:rgb(0,0,0);">Las áreas pobladas requieren autorizaciones especiales.</span></p>