¿Qué establece la DAN 151 sobre el registro de drones?
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Explicación
La DAN 151 establece que todo dron (RPAS) que pese más de 750 gramos debe estar inscrito en el Registro de Aeronaves de la DGAC antes de poder operar legalmente en Chile. ✈️📋
📌 Puntos clave del registro según la DAN 151:
- Obligatorio: para drones con peso mayor a 750 g.
- Registro en la DGAC: el operador debe inscribir la aeronave en el sistema oficial.
- Se entrega un certificado y número de registro, que debe portarse y estar visible en el dron.
- El registro vincula el dron a su propietario u operador autorizado.
- Es requisito indispensable para solicitar permisos especiales (por ejemplo, para operaciones en zonas urbanas).
✅ En resumen: la DAN 151 obliga a registrar en la DGAC todos los drones de más de 750 g, lo que permite controlar su uso y garantizar la seguridad operacional.
Pista:
<p>pese más de 750 gramos debe estar inscrito</p>